Es importante señalar que los Sujetos Obligados deben entregar la información tal y como se encuentra en sus archivos, es decir, deben entregar los documentos que contengan la información solicitada, sin que se encuentren obligados a realizar resúmenes, cálculos, realizar investigaciones o cualquier otro tipo de requerimiento que implique el procesamiento de la información contenida en los archivos.
La información que puedes obtener puede ayudarte en muchos aspectos, y puedes obtener beneficios como:
- Vigilar y controlar los actos de tus gobernantes.
- Formar opinión y construir un criterio veraz y fundado respecto de los asuntos públicos.
- Fomentar la participación ciudadana en los asuntos públicos.
- Promover la transparencia de la gestión pública.
- Fortalecer la relación de confianza entre gobierno y los ciudadanos.
- Obtener información que sirva para ejercer tus derechos políticos.
- Obligar a los gobernantes a rendir cuentas del ejercicio de sus atribuciones o del ejercicio del presupuesto público.
- Puede ayudarte a mejorar tu nivel de vida, obteniendo información que te sirva para obtener becas, subsidios o programas sociales.
Asimismo, este derecho te permite que puedes acceder a tú información personal y verifiques que sea utilizada para los fines legales para los cuales la entregaste a los Sujetos Obligados, y en caso de que detectes un mal uso de la información denuncies dicha situación al INFOEM para efectos de que se sancione por el mal manejo de datos personales.
Al tratarse de tú información tienes el derecho de acceder a ella, así como de que se corrija en caso de que se encuentra incorrecta, a efecto de que no te afecte en otros derechos o trámites que tengas con los Sujetos Obligados.
1. DE FORMA VERBAL
Puedes acudir al domicilio en donde se encuentra la Unidad de Información del Sujeto Obligado del cual requieras la información pública. Ahí, pregunta por el módulo de acceso de la Unidad de Información, a efecto de que te atiendan y te auxilien, es su obligación.
Los domicilios de las Unidades de Información, los puedes obtener en (DIRECCIÓN ELECTRÓNICA)
Puedes preguntar verbalmente en el módulo de acceso de la Unidad de Información por la información que requieras.
Es obligación de los Sujetos Obligados auxiliarte y asesorarte respecto de la solicitud que realices, incluso si dicho ente público no cuenta con la información te deben orientar a efecto de que acudas o presentes tu requerimiento con el Sujeto Obligado que la tenga en su poder.
Para que tú solicitud de información sea efectiva, es importante que sepas que los Sujetos Obligados deben contar, por lo menos, de forma impresa o vía electrónica, y de fácil entendimiento, con la siguiente información:
- Normatividad.
- Directorio de servidores públicos, incluyendo puesto y remuneración.
- Programas anuales de obras, incluyendo procesos de licitación.
- Procesos, sistemas y registros para atender solicitudes de acceso a la información.
- Datos generales de los responsables de las Unidades de Información.
- Los acuerdos y actas de reuniones oficiales.
- Presupuesto asignado y su ejecución.
- Padrones de beneficiarios de los programas llevados a cabo.
- Programas de subsidio
- Situación financiera del Sujeto Obligado.
- Procesos de licitación y contratación celebrados con personas físicas y morales.
- Convenios celebrados por los Sujetos Obligados
- Mecanismos de participación ciudadana.
- Información difundida a través de medios de comunicación.
- Agenda de reuniones públicas de los titulares de los Sujetos Obligados.
- Índice de información reservada y listado de bases de datos personales.
- Expedientes concluidos de autorizaciones, permisos, licencias, certificaciones y concesiones.
- Informes de todas las auditorías realizadas.
- Programas de trabajo e informe anual de actividades.
- Indicadores establecidos por cada Sujeto Obligado.
- Trámites y servicios ofrecidos.
- Informes y estadísticas que se lleven a cabo.
- Cuentas públicas estatales y municipales.
Finalmente, debemos mencionarte que en contra de las respuestas a las solicitudes verbales no se puede presentar recurso de revisión, mediante el cual este Instituto revise los actos y respuestas del Sujeto Obligado.
2.- SOLICITUD MEDIANTE ESCRITO LIBRE
También puedes solicitar información pública a través de un escrito libre (en cualquier hoja de papel llenada a mano, máquina de escribir o computadora), el cual se dirija a la Unidad de Información del Sujeto Obligado del cual se pretende la información, señalando los siguientes requisitos:
- Tú nombre.
- El domicilio en el que deseas recibir notificaciones o, en su caso, correo electrónico.
- La descripción clara y precisa de la información que solicitas.
- Cómo deseas recibir la información, es decir, vía electrónica (a través del sistema electrónico establecido por el INFOEM), en copias simples o certificadas, en disco compacto, en disco 3 ½ o en cualquier otro medio magnético.
- Puedes mencionar cualquier otro detalle que ayude al Sujeto Obligado a localizar la información.
El escrito libre lo debes presentar en la Unidad de Información del Sujeto Obligado del cual pretendes la información.
También puede utilizar los formatos autorizados por el INFOEM y que se encuentran disponibles en:
3.- VÍA ELECTRÓNICA
Tu derecho de acceso a la información puede también ser ejercido vía electrónica, presentando tu solicitud a través del Sistema de Control de Solicitudes de Información del Estado de México (SICOSIEM), es muy sencillo sólo tienes que acudir a (DIRECCIÓN ELECTRÓNICA), y seguir los pasos descritos.

